Archivo de noticias 2017

Docentes directivos del sector municipal volverían al aula por efecto "carrera docente"

A partir de marzo del próximo año una gran cantidad de docentes del sector municipal que ejercen como inspectores generales o jefes técnicos podrían volver al aula por efecto del artículo 20 transitorio de la ley 20.903, que los obliga a estar a lo menos en el tramo Avanzado de la "carrera docente"..

Según el mencionado artículo, los profesores que al 31 de julio de 2017 se desempeñen en funciones de exclusiva confianza de los directores de colegios, es decir, inspector general y jefe técnico, "no les será aplicable el requisito de estar reconocidos a lo menos en el tramo profesional avanzado (...) únicamente hasta el cese de sus funciones o el término del periodo de su nombramiento...", cuestión que en una gran cantidad de casos ocurrirá en febrero de 2018.

Cabe señalar que una gran cantidad de docentes directivos del sector municipal no participaron durante el ejercicio de sus funciones en la elaboración del portafolio (Evaluación Docente) o rendición de la prueba AVDI, por lo que al momento del encasillamiento realizado en julio de 2016 quedaron en el tramo "acceso" o en algunos casos en el tramo "Inicial". Por otra parte, en estos momentos no existe para estos docentes la Evaluación Docente, por lo que tampoco pueden elaborar el portafolio ni rendir la prueba de conocimientos específicos, instrumentos de evaluación requeridos por la "carrera docente" para avanzar en los tramos.

Feduc - 06.11.2017
Fuente: Artículo 20 transitorio, ley 20.903.

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Continúa trámite legislativo para modificar norma que regula despidos por salud incompatible

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados despachó para su aprobación en la Sala la modificación al artículo 72 de la ley 19.070, norma legal que actualmente regula el despido de profesores del sector municipal por "salud incompatible".

El artículo 72, letra h, del Estatuto Docente, permite el despido de un profesor del sector municipal "por salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de su función...", entendiendo por salud incompatible "haber hecho uso de licencia médica en un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los últimos dos años, exceptuando las licencias por accidentes del trabajo, enfermedades profesionales o por maternidad".

La nueva norma modificada obligaría a que el empleador, para aplicar esta causal, recurra a un tribunal, como normalmente se hace para desaforar a un trabajador. El tribunal fallará considerando informes médicos sobre el estado de salud general del  trabajador, que determine si efectivamente la salud es irrecuperable. El mismo tribunal deberá determinar si dicha salud irrecuperable es o no incompatible con el ejercicio del cargo de docente.

Feduc - 03.11.2017

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Cambio en la razón jurídica de los colegios subvencionados termina con gratificación legal

Los trabajadores de colegios particulares subvencionados transformados en corporaciones o fundaciones de "derecho privado sin fines de lucro", por efecto de la ley 20.845, no tendrán derecho a la gratificación legal establecida en el Código del Trabajo, en caso de existir utilidades.

Según el artículo 47 del Código del Trabajo, solo los establecimientos o empresas que "persigan fines de lucro (...) y que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros, tendrán la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores..."

Conforme a lo anterior, a partir del 1 de enero de 2018 no habrá ningún colegio particular subvencionado cuyos trabajadores puedan recibir o continuar recibiendo gratificación legal, conforme a las modalidades establecidas en los artículos 47 (anual) y 50 (mensual) del Código del Trabajo.

Feduc - 03.11.2017
Fuente: Artículos 47 y 50 del Código del Trabajo - Artículo segundo transitorio de la ley 20.845.

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Fondos de Pensiones registran resultados mixtos durante el mes de octubre

Resultados mixtos registraron las rentabilidades de los Fondos de Pensiones durante octubre de 2017, de acuerdo a la Superintendencia de Pensiones.

El fondo A (Más Riesgoso) anotó el pasado mes una rentabilidad de 2,261%; el fondo B (Riesgoso) 1,80; el fondo C (Intermedio) 0,72; el fondo D (Conservador) -0,40 y el fondo E (Más Conservador) -0,93.

Feduc - 03.11.2017
Fuente: Superintendencia de Pensiones

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Cambio de colegios a entidades sin fines de lucro no alterará derechos de asistentes y profesores

El cambio que por ley deben realizar los sostenedores de colegios particulares subvencionados con fines de lucro a entidades de "derecho privado sin fines de lucro" (fundación, corporación), en ningún caso "alterará los derechos y obligaciones de los trabajadores, ni la subsistencia de los contratos de trabajo individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo que los rijan, los que continuarán vigentes con el nuevo empleador, para todos los efectos legales, como si dicha transferencia no se hubiese producido", tal como lo señala el inciso cuarto del artículo segundo transitorio de la ley 20.845.

Si bien el cambio no afectará los contratos de los trabajadores o la continuidad laboral, sí se verá afectado el acceso a la gratificación legal, debido al termino del lucro. Ver nota relacionada.

El artículo segundo transitorio de la ley 20.845 establece como plazo el 31 de diciembre para que los sostenedores de colegios particulares subvencionados cambien su razón jurídica a una de "derecho privado sin fines de lucro", precisando además que "quien haya transferido su calidad de sostenedor y la persona jurídica sin fines de lucro que la haya adquirido, serán solidariamente responsables por todas las obligaciones laborales y previsionales, contraídas con anterioridad a la transferencia".

A lo anterior debe sumarse lo indicado en inciso segundo del artículo 4 del Código del Trabajo: "Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo, que mantendrán su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores".

Feduc - 18.10.2017
Fuente: Artículo segundo transitorio Ley 20.845 y artículo 4 del Código del Trabajo

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Colegios con porcentajes de alumnos prioritarios para beneficio de "carrera docente"

Se encuentra disponible en internet el listado con los porcentajes de alumnos prioritarios por cada colegio, información necesaria para calcular el beneficio de la "carrera docente" llamado "Asignación de Reconocimiento por Docencia en Establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios".

Son beneficiarios de la "Asignación de Reconocimiento por Docencia en Establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios". los profesores que ejercen en establecimientos adscritos a la carrera docente y que cuenten a lo menos con un 60% de alumnos prioritarios o un 45%, en el caso de establecimientos que se encuentran ubicados en zonas rurales.

Feduc - 18.10.2017
Fuente: Mineduc - Artículo 50 del Estatuto Docente - Listado de colegios con alumnos prioritarios

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Futura ley de "desmunicipalización" en revisión del Tribunal Constitucional

En proceso de revisión del Tribunal Constitucional se encuentra el texto de la futura ley que crea un nuevo Sistema de Educación Pública, más conocido como "desmunicipalización", y que recientemente fuera aprobado por el Congreso.

De no haber objeciones el texto sería promulgado en los próximos días como ley de la República.

Según esta nueva ley, los municipios del país deberán entregar los colegios a los Servicios Locales de Educación a más tardar en el año 2025. No obstante dicho plazo, aquellos municipios cuyos colegios muestren buenos resultados académicos y ninguna deuda previsional, entre otros requisitos, podrán prorrogar la entrega hasta el año 2030.

Feduc - 13.10.2017
Fuente: Senado - Texto de la ley de "Desmunicipalización

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Continúan en huelga legal los trabajadores de la fundación católica Juan XXIII

Continúa al día de hoy, viernes 13, la huelga legal de 479 trabajadores de ocho colegios pertenecientes a la fundación católica Juan XXIII en la Provincia de Bío Bío, iniciada el 27 de septiembre.

La fundación, presidida por el obispo católico de la ciudad de Los Angeles, Felipe Bacarreza, se ha negado a reajustar el sueldo base de los trabajadores en negociación colectiva, afiliados al sindicato presidido por María Riquelme Mora.

La huelga legal mantiene sin clases a 6 mil alumnos tras fracasar la mediación legal y ser imposible a la fecha que la parte sostenedora acepte las distintas alternativas planteadas por los trabajadores.

Feduc - 13.10.2017
Fuente: Trabajadores fundación Juan XXIII

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Corporación municipal de educación de La Florida inicia negociación de convenio colectivo

La primera reunión de negociación colectiva sostuvieron este jueves 12 de octubre la Corporación Municipal de Educación de La Florida (Comudef) y los dos sindicatos que agrupan a profesores, asistentes de colegios y al personal de jardines infantiles, administración central y centro comunitario.

La negociación de un nuevo convenio colectivo abarca a cerca de 2 mil trabajadores y debiera regir a partir de enero de 2018.

Las siguientes reuniones de negociación serán los días 26 de octubre y 9 de noviembre. Según nuestro sindicato afiliado Nº2, la reunión del 26 de octubre definirá si el empleador está o no por respetar el actual convenio como "piso" de la negociación. Cabe recordar que la última reforma laboral estableció como "piso" de negociación solo los contratos colectivos acordados con los empleadores y no los convenios colectivos.

Feduc - 13.10.2017
Fuente: Sindicato Nº2 de Comudef - Código del Trabajo - Dirección del Trabajo

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Mesa del Sector Público cambia paro convocado para el 17 por jornada de protesta

Las organizaciones de la Mesa del Sector Público cambiaron el paro convocado para el martes 17 de octubre por una jornada de protesta, luego que fueran convocadas por el gobierno para iniciar el viernes 20 de octubre la negociación del reajuste y otros beneficios.

Para el día 17 la Mesa resolvió mantener las marchas, sitting y banderazos planificados por cada organización.

Feduc - 13.10.2017
Fuente: Anef - Cut - Colegio de Profesores

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Mineduc publica temario para prueba de conocimientos específicos de "carrera docente"

El Ministerio de Educación dio a conocer el temario para la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos que deberán rendir el próximo 20 de diciembre algunos profesores que se encuentran en "carrera docente"

El temario se encuentra disponible en la internet y abarca las áreas de Educación de adultos, Educación diferencial, Educación media científico humanista, Educación media técnico profesional, Parvularia, Primer ciclo generalista y Segundo ciclo educación básica.

Feduc - 13.10.2017
Fuente: Ministerio de Educación

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Tramos Inicial y Temprano en evaluación docente están obligados a rendir prueba de conocimientos

Todos los profesores del sector municipal que se encuentran en "carrera docente", están en los tramos Inicial o Temprano y están participando de la evaluación docente 2017, deberán rendir obligadamente la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos.

Los profesores(as) deben inscribirse hasta el viernes 29 de septiembre en el sitio web del ministerio de educación: www.evaluacionconocimientos.cl

También podrán rendir esta prueba aquellos profesores que estando en evaluación docente el 2016 no pudieron hacerlo en dicho año. Asimismo podrán rendir esta prueba los docentes de escuelas de educación especial del sector municipal en alguna de las siguientes especialidades: Discapacidad Intelectual, Discapacidad Visual, Discapacidad Auditiva, Discapacidad por graves alteraciones en la capacidad de relación y comunicación (Trastornos del Espectro Autista) y Discapacidad Motora (Alteraciones o retos múltiples)

Feduc - 21.09.2017 Actualizada al 26.09.2017
Fuente: Mineduc / Ley 20.903

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Once divergencias existen entre el Senado y la Cámara de Diputados por "desmunicipalización"

Once divergencias existen entre el Senado y la Cámara de Diputados en el proyecto de ley sobre "desmunicipalización". Tales divergencias serán tratadas por una comisión mixta de ambas cámaras del Congreso, la que deberá evacuar su informe el lunes 2 de octubre. Posteriormente el proyecto de ley debería ser votado por la Cámara de Diputados y por el Senado el martes 3 de octubre.

Algunas de las discrepancias que deberá tratar la comisión mixta son los plazos para el traspaso de los colegios, según el desempeño; la creación de una comisión de expertos que evaluará la primera fase de implementación del proyecto con el fin de ratificar el trabajo realizado o sugerir cambios a discrecionalidad presidencial; las atribuciones otorgadas a los SLE y a los directores de los establecimientos y el aumento de los fondos basales como mecanismo de financiamiento

La comisión mixta que se encuentra tratando las once divergencias está integrada por los senadores Andrés Allamand (RN), Jaime Quintana (PPD), Carlos Montes (PS), Ena von Baer (UDI) e Ignacio Walker (DC), y por los diputados Germán Becker (RN), Jaime Bellolio (UDI), Manuel Monsalve (PS), Yasna Provoste (DC) y Alberto Robles (PR).

Feduc - 21.09.2017
Fuente: Mineduc / Senado / Cámara de Diputados

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Todos los fondos de Pensiones rentaron negativo en el mes de agosto de 2017

Todos los fondos de Pensiones rentaron negativo durante el mes de agosto, según la información entregada por la Superintendencia de Pensiones.

La baja de los fondos A (Más Riesgoso, -1,83), B (Riesgoso, -1,37) y C (Intermedio, -1,04) se explica principalmente por el retorno negativo que presentaron las inversiones en el extranjero. Al respecto, pese a que durante este mes se observaron resultados mixtos en los principales mercados internacionales, estas inversiones se vieron impactadas por la apreciación del peso chileno respecto de las principales monedas extranjeras.

Por su parte, la rentabilidad de los Fondos D (Conservador, -0,65) y E (Más Conservador, -0,17) se debe al retorno negativo que presentaron los títulos de deuda local e instrumentos extranjeros.

Feduc - 21.09.2017
Fuente: Superintendencia de Pensiones

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Trabajadores de la educación de La Florida denuncian el no pago de previsión y salud

25/05/2017.- Los trabajadores de la educación de la Corporación municipal de educación de La Florida (Comudef) denunciaron a través del Sindicato Nº2, afiliado a Feduc, el no pago de las cotizaciones de la previsión y salud, además de las cuotas de los créditos con Coopeuch y La Araucana.

La Comudef, presidida por el alcalde Rodolfo Carter, no ha querido tampoco dialogar ni menos explicar a los trabajadores cómo y cuándo serán pagadas las deudas existentes con los trabajadores.

El Sindicato Nº2 ya interpuso denuncias en la Inspección del Trabajo, Seremi metropolitana de educación, Superintendencia de Educación y tribunal.

Fuente: Sindicato Nº 2 de Comudef www.facebook.com/sindic2

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Todos los fondos de pensiones registraron avances durante el mes de abril

25/05/2017.- Todos los Fondos de Pensiones registraron avances en abril de 2017, según el informe que elabora mensualmente la Superintendencia de Pensiones.

El fondo A (Más Riesgoso) anotó el pasado mes una rentabilidad de 1,11% real, explicado principalmente por el rendimiento en el período de las inversiones en renta variable extranjera. El positivo comportamiento de estos activos, junto con la rentabilidad de los títulos de deuda local, también favorecieron a los fondos B (Riesgoso), C (Intermedio) y D (Conservador), que en abril subieron 0,95%, 0,91% y 0,79% real respectivamente.

El Fondo E (Más Conservador) mostró una retorno mensual de 0,63% real, gracias al rendimiento positivo que presentaron las inversiones en instrumentos de renta fija nacional.  

Fuente: Superintendencia de Pensiones

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Feduc inicia campaña para terminar con la ilegal práctica del "cuidado" de curso

25/05/2017.- Nuestra Federación inició la campaña "No más cuidado de curso", destinada a terminar con la ilegal práctica de obligar a los profesores y asistentes de la educación a "cuidar" cursos en ausencia de los docentes titulares.

La campaña busca hacer respetar las actividades curriculares no lectivas de los profesores, pues en la práctica estos son obligados en algunos colegios y liceos a abandonar dichas actividades para hacerse cargo de un curso, cuidar su disciplina, desarrollar guías de estudio e incluso impartir asignatura, vulnerando así el contrato de trabajo de todos ellos e incluso la duración máxima permitida por ley para la docencia de aula. Según Feduc, los profesores o están realizando docencia de aula (actividad lectiva) o están haciendo talleres, planificando, preparando material, atendiendo apoderados, etc (actividad no lectiva). En ningún caso pueden estar haciendo ambas actividades en un mismo tiempo, siendo las actividades no lectivas tan respetables como las actividades lectivas.

En el caso de los asistentes de la educación, la campaña pretende terminar con el cuidado de curso por el total de horas pedagógicas de una asignatura, lo que en la práctica significa clases no hechas y uso de los asistentes para labores para las cuales no están contratados ni formados profesionalmente.

Fuente: artículo 20, decreto ley 453 (reglamento del Estatuto Docente). Artículos 69 y 80 del Estatuto Docente.

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Asistentes de la Educación exigen a la Ministra Del Piano respuesta a propuesta de Estatuto

25/05/2017.- El Consejo Nacional de Asistentes de la Educación exigió a la Ministra de Educación, Adriana Del Piano, que el próximo 29 de mayo responda a la totalidad de la propuesta de Estatuto que el sector entregara en agosto del año 2015 al Mineduc. Asimismo solicitó que la Presidenta Michelle Bachelet anuncie en su próxima cuenta pública el envío del proyecto de Estatuto al Congreso nacional.

Si bien el Consejo reconoce que hay "avances considerables" en las conversaciones realizadas con el Mineduc para la elaboración de un estatuto para el sector, aclara que a la fecha dicha repartición aún no responde a temas tan sensibles como el feriado legal, remuneraciones y asignaciones.

Finalmente el Consejo Nacional de los Asistentes llamó a los trabajadores del sector a permanecer en "estado de alerta", acompañando la cuenta pública de la Presidenta, ya sea para "celebrar o funar".

Fuente: Consejo Nacional de Asistentes de la Educación

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Eximición de Evaluación Docente es incompatible con bonificación por retiro voluntario

04/05/2017.- Los profesores del sector municipal que a partir del 15 de diciembre de 2016 se eximan de la evaluación docente, conforme al artículo 70 del Estatuto Docente, no podrán optar a la bonificación por retiro voluntario y al bono post laboral.

Según el artículo 3 de la ley 20.822, que regula la ley 20.976 sobre retiro docente, la indemnización generada por la aplicación del artículo 70 del Estatuto Docente es incompatible con la bonificación de $21.500.000 o proporcional otorgada a quienes renuncien voluntariamente a su trabajo.

No obstante lo anterior, aquellos profesores del sector municipal que hasta el 14 de diciembre de 2016 se acogieron al artículo 70 del Estatuto Docente sí podrán verse beneficiados con la bonificación de la ley de retiro docente y con el bono post laboral, tal como lo señala el artículo 7 de la ley 20.976.

Fuente: leyes 20.822 y 20.976 y Estatuto Docente

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Profesores pueden consultar por el estado de su reclamo o consulta por tramo de "carrera docente"

04/05/2017.- En el sitio web www.politicanacionaldocente.cl los profesores pueden consultar por el estado del reclamo o consulta realizada sobre el encasillamiento de "carrera docente" asignado por el Mineduc en julio de 2016.

El Mineduc ha comprometido responder cada caso antes del 16 de junio de 2017. De ser necesario solicitará documentación a través del mismo sitio web para resolver un caso planteado.

Cabe recordar que el tramo asignado determinará las remuneraciones docentes que regirán a partir de julio de 2017.

Fuente: www.politicanacionaldocente.cl

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Solicitan fiscalización y retención de subvención por deuda de corporación municipal de La Florida

04/05/2017.- Nuestro Sindicato afiliado Nº2 de la Corporación Municipal de Educación de La Florida solicitó a la Seremi metropolitana de educación la retención de subvención por deudas previsionales y de salud que mantiene el empleador con los trabajadores. Asimismo pidió a la Superintendencia de Educación fiscalizar a dicha corporación por las deudas señaladas.

Conforme al artículo 6, letra f de DFL Nº 2 del Ministerio de Educación, para impetrar la subvención escolar el sostenedor debe tener al día los pagos previsionales y de salud, cuestión que no ocurriría en la Corporación Municipal de educación de La Florida, presidida por el alcalde Rodolfo Carter. De acuerdo al artículo 50, letra f, constituye una "infracción grave" el "incurrir en atraso reiterado en el pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y de salud de su personal..." Dicha infracción podría ser sancionada, según el artículo 52, letra b, con la "privación de la subvención, que puede ser total o parcial, definitiva o temporal..."

A las deudas anteriores se sumaría el no pago oportuno de los créditos con La Araucana y Coopeuch, seguros, reembolsos y honorarios, lo que habría sido denunciado a la inspección del Trabajo de la comuna La Florida.

Fuente: artículos 6, 50 y 52 del DFL Nº2 DEL Mineduc del 28.11.2998 - www.facebook.com/sindic2

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Feduc rechaza los "servicios mínimos" establecidos en reforma laboral

04/05/2017.- Nuestra Federación resolvió rechazar cualquier propuesta de "servicios mínimos" hecha por los empleadores para una huelga legal, conforme a la nueva y polémica normativa legal introducida al Código del Trabajo y que rige a partir del 1 de abril de 2017.

Según dicha normativa, los "servicios mínimos" están destinados a "proteger los bienes corporales e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes, así como garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, la seguridad o la salud de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios".

Para Feduc los "servicios mínimos" generan una peligrosa división al interior del sindicato y restan fuerza y presencia a la organización durante el desarrollo de una huelga legal, limitando el ejercicio de la misma.

Es lamentable según nuestra organización que siendo tan precaria la negociación colectiva se haya introducido esta norma que tiene a dificultar áun más el éxito de una huelga legal, por lo que hace un llamado a los sindicatos a rechazar cualquier propuesta que sobre "servicios mínimos" y "equipos de emergencia" hagan los empleadores.

Fuente: artículo 359 del Código del Trabajo

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Sindicato de colegios Matte ponen fin a huelga legal por negociación colectiva

04/05/2017.- Tras el término de la huelga legal por negociación colectiva hoy reiniciaron sus actividades laborales los trabajadores afiliados al sindicato que agrupa a los 18 establecimientos educacionales de la Sociedad de Instrucción Primaria, también conocidos como colegios Matte.

El conflicto laboral alcanzó a durar ocho días, incluyendo prioritariamente demandas sobre reajuste de sueldo, bono de término de conflicto y duración del contrato colectivo.

Fuente: SIP - Colegio de Profesores

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Entregan resultados de primera prueba de conocimientos específicos de "carrera docente"

25/04/2017.- A partir del mes de mayo el Ministerio de Educaciòn publicará en la página web www.políticanacionaldocente.cl el resultado de la primera prueba de conocimientos específicos y pedagógicos rendida en diciembre de 2016 por algunos profesores. Dicha prueba es uno de los instrumentos fijados por ley para el proceso de reconocimiento que los docentes deben realizar para avanzar de tramo en la llamada "carrera docente".

Fuente: Política Nacional Docente

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Todos los fondos de pensiones anotaron rentabilidades positivas en marzo de 2017

25.04.2017.- Todos los Fondos de Pensiones y el Fondo de Cesantía anotaron rentabilidades positivas durante marzo de 2017, según el informe que elabora mensualmente la Superintendencia de Pensiones

En particular, el avance de los fondos A (5,38% real1), B (4,28% real), C (3,00% real) y D (1,50% real) se explica principalmente por el retorno positivo que presentaron las inversiones en instrumentos extranjeros, acciones locales y cuotas de fondos de inversión nacional. En el caso del fondo E (0,48% real), la rentabilidad se debe retorno positivo que presentaron las inversiones en instrumentos de renta fija extranjera.

Fuente: Superintendencia de Pensiones

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Superintendencia de Educación fiscalizará horas para "preparar clases y evaluar aprendizajes"

25/04/2017.- De acuerdo a los artículos 69 y 80 del Estatuto Docente corresponderá a la Superintendencia de Educación fiscalizar que a lo menos el 40% del tiempo destinado a actividades curriculares no lectivas de los profesores del sector municipal, particular subvencionado y del D.L. 3.166 estë destinado a "preparación de clases y evaluación de aprendizajes".

Conforme al artículo 20, numeral 3, del Reglamento del Estatuto Docente, dentro de la "preparación de clases y evaluación de aprendizajes" se encuentran actividades tales como "planificación de clases", "elaboración y corrección de instrumentos evaluativos del proceso enseñanza aprendizaje", "preparación, selección y confección de material didáctico".

Fuente: artículos 69 y 80 del Estatuto Docente (ley 19.070) y artículo 20, numeral 3, del Reglamento del Estatuto Docente (Decreto 453)

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Mineduc compromete tramitación en el Congreso de Estatuto para asistentes de la educación

25/ 04/2017.- El Mineduc comprometió el envío al Congreso de un proyecto de ley que crea un Estatuto para los asistentes de la educación una vez traspasados los colegios desde los municipios a los sistemas locales de educación.

El compromiso fue dado a conocer por el Ministerio de Educación el pasado 21 de abril al Consejo Nacional de los asistentes de la educación.

A partir del 28 de abril las partes comenzarán a trabajar en el articulado del proyecto de estatuto.

Fuente: Comunicado reunión Mineduc - Dipres y Conaech del 21.04..2017.

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Profesor Destacado y Competente en el portafolio no está obligado a rendirlo en nueva Evaluación

25/04/2017.- Producto de una modificación al Estatuto Docente, introducida por la ley de "carrera docente", los profesores del sector municipal con nivel de desempeño Destacado o Competente en el instrumento portafolio no estarán obligados a rendir dicho instrumento en un nuevo proceso de Evaluación Docente.

El artículo 70 ter del Estatuto Docente señala que "los profesionales de la educación que en el proceso de evaluación docente establecido en el artículo 70 (Estatuto Docente) obtengan en una oportunidad un nivel de desempeño destacado o en dos oportunidades consecutivas un nivel de desempeño competente en el instrumento portafolio, no estarán obligados a rendirlo en el siguiente proceso, considerándose dichos resultados para la ponderación de este instrumento (portafolio) en esta nueva evaluación".

Fuente: artículo 70 ter del Estatuto Docente

 

 
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Actualización de la página: 30 de julio de 2018
 
       

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