* La tabla de la Bonificación Especial es la siguiente:

- Hasta 33 horas de contrato recibirá: $ 10.393.000

- Entre 34 a 39 horas de contrato recibirá: $ 11.921.000

- Entre 40 a 44 horas de contrato recibirá: $ 13.450.000

* El profesor podrá en el futuro volver a trabajar en el sector municipal, siempre que devuelva en UF. incluido el interés coriente, el total de la Bonificación especial que recibió. En caso de no poder devolver el dinero, deberá esperar cinco años desde que recibió la Bonificación para volverse a contratar en este sector.

* El profesor tendrá derecho al pago del feriado legal de enero y febrero (remuneraciones íntegras de dichos meses) en caso de que su término de contrato se produzca en el mes de diciembre, debido a la aplicación de esta Bonificación.

* Esta Bonificación por "Vacancia" de las horas servidas será incompatible con cualquier indemnización otorgada por otras leyes, sea por término de la relación laboral o por cumplimiento de años de servicio. No obstante, si se hubiera pactado con el empleador, a través del Código del Trabajo, una indemnización a todo evento, el profesor podrá optar por ésta si es de mayor monto comparada con el valor de la Bonificación que debería recibir por la "Vacancia" de las horas servidas.

* La ley no señala que al declarar la "Vacancia" de las horas servidas se deba aplicar el inciso dos del artículo 73 del Estatuto Docente, en cuanto al orden de prelación que se debe seguir para finiquitar al profesor (primero los profesores a contrata y luego los titulares). La ley solo hace alusión a este artículo en cuanto a la incompatibilidad de recibir al mismo tiempo la Bonificación por Retiro y la indemnización otorgada por término de relación laboral, además de la indicación de que mientras no se pague la Bonificación se mantendrá el contrato y las correspondientes remuneraciones. Feduc se encuentra solicitando un Dictamen a la Dirección del Trabajo acerca de la aplicabilidad del orden de prelación establecida en el artículo 73 puesto que podría ocurrir que a algunos municipios no les alcance el adelanto de subvención para pagar la respectiva Bonificación por Retiro producto de haber declarado la "Vacancia" de las horas servidas y no tener cómo resolver a quienes dar el beneficio y se produzca un problema de discriminación.

GUIA Nº 010307: Bonificación por Retiro Voluntario. - Documento elaborado por la Federación Nacional de Educadores de Chile - 2007 - Este documento se actualiza cada vez que sea necesario.

 

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